SLP.- En la Comisión de Salud y Asistencia del Congreso del Estado se aprobó una iniciativa que incorpora el concepto denominado "Objeción de Conciencia" al Artículo 37 BIS de la Ley de Salud en San Luis Potosí con la intención de regular su uso.
El término de Objeción de Conciencia se comprende como un derecho personal por parte de los profesionales de la salud para excusarse de realizar algún acto médico en legalidad aprobada y exigible de forma jurídica.
En otras palabras, las y los médicos no intervendrán en casos de salud que vayan en contra de sus creencias éticas, religiosas o morales, será improcedente en caso de insuficiencia de personal de salud, cuando esto signifique de la atención médica a los pacientes, incluso, aunque dicha decisión implique prolongar su sufrimiento.
Es importante destacar que la diputada Bernarda Reyes Hernández es la persona promovente de esta iniciativa, y por tal motivo, mencionó que analizó la acción de inconstitucionalidad emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) hace tres años, la cual está en contra de la Objeción de Conciencia en la Ley General de Salud a nivel nacional.
A pesar de ser un concepto ambiguo para la SCJN, la legisladora reforzó su iniciativa con la opinión sólida del sector salud del estado con la finalidad de dejar claro en qué casos podría aplicarse y en cuales no podría ejercer.
Aunado a estas declaraciones, Bernarda Reyes Hernández, afirmó lo siguiente: "Esta acción de inconstitucionalidad fue en positivo, toda vez que le faltaba regularse. Hemos perfeccionado nuestra iniciativa. No podrá haber ninguna negligencia ni dejar a las personas sin su derecho a la salud".