El Pleno del Congreso del Estado recibió una iniciativa con proyecto de decreto, que propone reformar el artículo 8, en su fracción XXXVII, de la Ley para Prevenir y Erradicar la Discriminación del Estado de San Luis Potosí, para añadir como motivo para prohibir la discriminación: "tener poca antigüedad en el ámbito laboral por la edad de la persona".
Pese a las numerosas disposiciones jurídicas sobre este tema, es de observar que a la fecha persisten barreras injustificadas que limitan el acceso a los derechos fundamentales. Actualmente en México, casi la tercera parte de la población es joven y una gran parte de las juventudes vive condiciones que les impiden el pleno goce de sus derechos.
Encontrar trabajo en estos tiempos es cada vez más complicado, si eres joven la experiencia es un requisito importante, pero en varias ocasiones los jóvenes que quieren ingresar al ámbito laboral no cuentan con experiencia, debido a que buscan su primera oportunidad en un empleo, por lo que la mayoría de las veces se les niega la oportunidad, debido a su inexperiencia.
La verdadera problemática en este tipo de situaciones es la subestimación y discriminación que sufre el sector juvenil al ser restringido, y muchas veces privado, de las oportunidades de empleo, por la poca antigüedad que tienen en el mundo laboral, así como por la edad que tienen. Aunado a todo ello, cuando se llega a obtener un empleo, frecuentemente se minimiza su voz, opiniones e inclusive se señala que por tener poco tiempo laborando no pueden aplicar para ascensos, pues esos corresponden a quienes tienen mayor antigüedad, aun y cuando las bases para ascensos no establezcan dicha condición, lo que limita la participación de la juventud a entrar en convocatorias por simple hecho de ser joven con poco tiempo en el lugar.
La exposición de motivos señala que el fenómeno de discriminación laboral que sufren los jóvenes radica en la baja consideración de vinculación en puestos de trabajo al no tomarlos en cuenta por su "falta de experiencia", pese a que tienen la misma formación y talento, hasta mayor iniciativa y energía para realizarlo. Sus primeras oportunidades de empleo se ven reflejadas en un contexto de desigualdad y discriminación por parte de la población adulta, pagándoles inclusive un sueldo que no es igualitario al de las personas con más años trabajados, o cuando se ingresa a un sistema de gobierno y hay convocatorias para lograr un crecimiento laboral, las más beneficiadas son las personas con mayor antigüedad, dándole muy poca importancia al nivel académico o capacitaciones.
Este tipo de discriminación da origen al "Adultocentrismo", que es aquel que nos muestra actitudes de las personas mayores que imposibilitan el crecimiento de las personas jóvenes, discriminándolas y desmotivándolas. Es importante recordar que, si bien las personas adultas tienen más antigüedad que los jóvenes, estos deben ayudar a guiar, proteger y tomar acuerdos en común a través del diálogo y el respeto hacia su propia visión.
Las consecuencias negativas de estas prácticas afectan los derechos humanos básicos al discriminar, subordinar y relegar sus ideas, propuestas y sentimientos sólo por el hecho de tener una edad menor, lo que a largo plazo generará relaciones asimétricas, además de reproducir y perpetuar el autoritarismo.
En la presente iniciativa, en lo relativo a las conductas discriminatorias, se considera como una de ellas el condicionar, limitar o restringir la permanencia o ascenso laborales por razón de tener poca antigüedad en el ámbito laboral, esto con el objeto de contribuir con acciones que combatan efectivamente la discriminación contra la población juvenil.
La iniciativa fue turnada a la Comisión de Derechos Humanos para que sea analizada y dictaminada.